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nueva actualización del RITE en las instalaciones de conductos de climatización

En el BOE, con fecha 24/03/2021, se publicaba el Real Decreto 178/2021, modifica el Real Decreto 1027/2007, por el que se aprueba la modificación en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). La nueva actualización entrará en vigor el 1 de julio de 2021 y supone un cambio en las prácticas de los instaladores y las instalaciones de conductos de climatización y ventilación. Con ella se pretende mejorar la eficiencia energética gracias a la reducción del consumo de energía en un 39,5% para el año 2030.

¿En qué consiste la nueva actualización del RITE para las instalaciones de conductos de climatización?

La nueva actualización del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), en cuanto a la instalación de conductos de climatización, exige justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales en lugar de optar otros modelos más eficientes y sostenibles. Así mismo, los edificios con mayor consumo tendrán que reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

La modificación que introduce el RITE contribuye a las medidas de eficiencia energética incluidas en distintas normativas:

  • Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 para España.
  • Directiva (UE) 2018/2001 del fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.
  • Directiva 2010/31/UE de Eficiencia Energética de Edificios por la Directiva (UE) 2018/844.
  • Reglamentos de diseño ecológico y etiquetado energético para equipos basados en energía que conforma la instalación térmica. Aprobada en Directiva 2009/125/CE y Reglamento (UE) 2017/1369.
  • Primer Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica. En el mismo se fijan los compromisos para España de la Directiva de Techos Nacionales de Emisión para 2030 Directiva (UE) 2016/802.

Novedades del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

En cuanto a las novedades que trae esta actualización destacamos las que conciernen a la instalación de conductos de climatización:

  1. Los conductos de las instalaciones térmicas tienen que quedar aislados térmicamente, de este modo, se consigue los niveles correctos de ventilación.
  2. En cuanto al técnico competente, tiene que justificar, a través de una memoria técnica, que la instalación se adapta a las normas de eficiencia energética, energías renovables así como de seguridad estipuladas en el RITE.
  3. Por otro lado, las instalaciones de conductos se diseñarán de tal modo que se obtenga calidad tanto térmica como acústica del ambiente y una mejor calidad del aire interior. Para ello, los equipos y los materiales se adecuarán a las normas que les sean de aplicación. En el caso de los que se incorporen con carácter permanente a los edificios, llevarán el marcado CE y el etiquetado energético.
  4. Se llevarán a cabo inspecciones periódicas reglamentarias. Realizadas por expertos o entidades de control autorizadas a tal efecto por las comunidades autónomas.

Y, además, los productos deben cumplir con las siguientes normativas

Todos los equipos y materiales tendrán que cumplir con las normas vigentes que les sean de aplicación. Además, aquellos que se incorporen de forma permanente a los edificios, deberán llevar el etiquetado CE así como el energético correspondiente. En concreto, todos los productos deberán cumplir los requisitos establecidos de acuerdo con lo dispuesto en:

  • El Real Decreto 1390/2011, de 14 de octubre. Se regula la indicación del consumo de energía. Así como otros productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada.
  • Real Decreto 187/2011, de 18 de febrero. En lo establecido en los requisitos de diseño ecológico aplicables a productos relacionados con la energía.
  • Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017. Se crea un marco para el etiquetado energético.

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